Visita pastoral
Una visita pastoral es la visita que realiza un obispo a las parroquias y comunidades de su diócesis. En ella, el obispo tiene encuentros con el clero, los religiosos y los laicos para exhortarlos a tener una vida de fe y práctica cristiana, y examina y valora las estructuras e instrumentos destinados al servicio pastoral.[1]
Cada año el obispo debe visitar total o parcialmente a su diócesis, de modo que al menos cada cinco años visite la diócesis entera personalmente.[2]
Están sujetos a visita pastoral
[editar]Las personas, instituciones católicas, cosas y lugares sagrados que se encuentran dentro del ámbito de la diócesis.[3]
Actividades
[editar]Según el Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos,[4] el obispo que hace la visita pastoral debe tratar de realizar los siguientes actos, si las circunstancias se lo permiten:
- Celebrar la misa.
- Conferir el sacramento de la confirmación.
- Reunirse con el párroco y con los otros clérigos que colaboran en las parroquias.
- Reunirse con el Consejo pastoral. A falta de este, con los fieles - clérigos, religiosos y laicos.
- Reunirse con el Consejo para asuntos económicos.
- Reunirse con los niños y jóvenes que hacen catequesis.
- Visitar las escuelas y otras obras e instituciones católicas que dependen de la parroquia.
- Visitar a algunos enfermos de la parroquia.
Referencias
[editar]- ↑ Código de Derecho Canónico, Comentario al canon 396
- ↑ Código de Derecho Canónico, canon 396
- ↑ Código de Derecho Canónico,canon 397
- ↑ Congregación para los Obispos, Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos, Vaticano 2004, pag. 245-248, citado en [1]